22/11/2018
El Centro Andaluz de Emprendimiento, CADE Las Cabezas y el Excmo. Ayuntamiento de Las Cabezas, informa de Convocatoria del programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo.

L1-ESTABILIZACIÓN DE LA INICIATIVA EMPRENDEDORA EN EMPRESAS DE TRABAJO AUTÓNOMO.
Requisitos:
A) Personas que a fecha de presentación de la solicitud sean beneficiarias de la Tarifa Plana
Seguridad Social y la mantengan a esa fecha con una antigüedad de, al menos, 3 meses.
B) Que se encuentren desempleadas antes de la fecha de alta en RETA. (Inscritas en SEPE).
C) Que no hayan sido beneficiarias de subvenciones o ayudas en materia de trabajo autónomo (CCAA).
D) Que dispongan de un Plan de Viabilidad de la actividad proyectada (Anexo convocatoria).
Deben ser validados por Órgano competente para instruir y resolver el procedimiento. (Resultados antes de Impuestos Positivo).
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS: Mantener de manera ininterrumpida su condición de autónomo y desarrollar la actividad durante 12 meses a contar desde el día siguiente al de
presentación de la solicitud.
No puede compatibilizar durante ese periodo el trabajo por cuenta propia con uno por cuenta
ajena.
PROCEDIMIENTO Y DOCUMENTACIÓN:
Solicitud y la documentación, que obligatoriamente se tiene que aportar toda con la ella, se
tienen que presentar única y exclusivamente de forma telemática.
Documentación a presentar con la solicitud (copias auténticas o autenticadas):
1.- DNI/NIE/NIF. Si es nacional de otro país comunitario, copia autenticada del NIE. Si
es nacional de terceros países, copia autenticada del permiso de trabajo y residencia.
2.- DNI/NIE/NIF, en su caso, del representante y copia del poder de representación.
3.- 036/037 Ó Certificado de situación censal. O DUE.
4.- Certificado de empadronamiento.
5.- Informe de Vida Laboral actualizado.
6.- Declaración responsable de titularidad de la cuenta, según modelo.
7.- Plan de viabilidad, según modelo.
8.- Certificado o informe de la Tesorería General S.S., por el que se reconozca que es
beneficiario de la cuota reducida de autónomo y el periodo de mantenimiento de la
misma.
9.- Informe del Servicio Andaluz de Empleo donde conste que estaba inscrita como
demandante de empleo en la fecha de efectos de alta en Autónomo.
10.- La finalización del contrato para la formación y el aprendizaje se acreditará mediante modelo normalizado por el Servicio de Empleo Público Estatal que recoja la formalización de la contratación o comunicación relativa a la misma a través de los aplicativos Gescontrat@ o Constrat@.
11.- Para la discapacidad, documento expedido por la Administración competente.
12.- Víctima de violencia de género:
- Resolución judicial otorgando la orden de protección a favor de víctima.
- Sentencia condenatoria.
- Medida cautelar a favor de la víctima.
- Cualquier otra documentación acreditativa, en la que el órgano judicial estime la existencia de cualquier de dichos delitos o faltas.
- Excepcionalmente, informe del Ministerio Fiscal, que indique la existencia de indicios.
13.- Víctimas de terrorismo:
Certificado emitido por el Ministerio de Interior o el que sea competente.
14.- Si así lo indica la convocatoria, también habrá que aportar, un cuestionario conforme modelo, cumplimentado y firmado. Los datos solicitados deberán ir referidos al
día antes de la formalización de la solicitud.
EXCLUSIONES
-No podrán solicitar L1, ni ser beneficiarias de las mismas, aquellas personas que lo
hayan sido de las ayudas concedidas mediante Resolución Definitiva de la convocatoria
de la L1 “Fomento de la creación
empresas de trabajo autónomo, de la Orden del Consejero de Economía y Conocimiento,
de 2 de diciembre de 2.016.
L2-EMPRENDIMIENTO DE SEGUNDA OPORTUNIDAD Y CONTINUIDAD DE LA
ACTIVIDAD EMPRENDEDORA. 2 Líneas:
a) Emprendimiento de segunda oportunidad. Reemprendimiento.
Restablecimiento como persona autónoma.
b) Continuidad de la actividad emprendedora.
Mantenimiento como persona autónoma.
*Medidas L2 incompatibles entre sí.
*Medida L2 incompatible con L1.
Para Medida L2 a) Emprendimiento de segunda oportunidad. Reemprendimiento:
Requisitos:
A) Personas que a fecha de presentación de la solicitud sean beneficiarias de la Tarifa Plana
Seguridad Social y la mantengan a esa fecha con una antigüedad de, al menos, 3 meses.
B) Que hayan sido beneficiarias de subvenciones o ayudas en materia de trabajo autónomo
(CCAA).
C) Que dispongan de un Plan de Viabilidad de la actividad proyectada (Anexo convocatoria).
Deben ser validados por Órgano competente para instruir y resolver el procedimiento. (Resultados antes de Impuestos Positivo).
Podrán solicitar y ser beneficiarias, en su caso, de la medida de segunda oportunidad, aquellas personas que fueron beneficiarias de las siguientes ayudas:
-Ticket del autónomo para el inicio de la actividad (Orden de 15 de marzo de 2.007). Decreto
175/2006 de 10 de octubre.
-Línea 3, Creación de empresas de trabajo autónomo del Programa de Apoyo y Fomento del
Trabajo Autónomo (Decreto-ley 8/2.013 de 28 de mayo).
-Línea 1, Fomento del trabajo autónomo del Programa de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo (Decreto Ley 2/2.015 de 3 de marzo).
Para Medida L2 b) Continuidad de la actividad emprendedora:
Requisitos:
A) Personas que a fecha de presentación de la solicitud tengan una antigüedad en RETA
entre 36 y 60 meses, ambos inclusive, de alta ininterrumpida.
B) Que dispongan de un Plan de Viabilidad de la actividad proyectada (Anexo convocatoria).
Deben ser validados por Órgano competente para instruir y resolver el procedimiento. (Resultados antes de Impuestos Positivo).
OBLIGACIONES AMBAS LÍNEAS:
-Mantener de forma ininterrumpida su condición de persona trabajadora autónoma y desarrollar su actividad, al menos, durante 12 meses a contar desde el día siguiente al de la
presentación de la solicitud.
-No compatibilizar el trabajo por cuenta propia con un trabajo por cuenta ajena durante
dicho periodo.
Para más información:
CADE Las Cabezas.
C/ Alfarero, 17 PI Fernando Guerrero
671594335
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